Condenan a un agente de Guardia Urbana de Barcelona por maltratar en comisaría a una persona racializada
Aquí puedes ver la sentencia
La condena, que se basa en una grabación en audio de los hechos realizada por el detenido con su móvil, le impone 6 meses de prisión y 2 años de inhabilitación, además del pago de 3000 euros de indemnización.
Desde Irídia consideramos que esta sentencia, que se remonta a unos hechos de Junio de 2016, aunque llega tarde supone un paso adelante en la lucha contra la impunidad policial en casos de violencia institucional.
La sentencia se impone por un delito de integridad moral menos grave, que tiene penas entre los 6 meses a 2 años. Además la Sala de la Audiencia Provincial le absuelve del delito de lesiones solicitaba tanto nuestra entidad como acusación particular así como la fiscalía. Entendemos que la sentencia, si bien es una noticia positiva y necesaria, es limitada. Nuestra entidad solicitaba una pena por un delito de lesiones, ya que las médicas forenses constataron que había sufrido estrés postraumático así como por un delito de integridad moral grave, que oscila entre los 2 y los 4 años de prisión.
La situación tuvo lugar en una lógica de castigo después de que el agente condenado y nuestro defendido tuvieran una discusión y un encontronazo fuera de la comisaría, estando el agente fuera de servicio conduciendo su coche y nuestro representado iba en bicicleta, todo ello unos minutos antes de las 6 de la mañana.
Queremos remarcar que ésta sentencia ha sido posible principalmente gracias a que el propio detenido, estando en la sala de espera e intuyendo una situación de peligro, puso su dispositivo móvil a grabar en audio. Asimismo, queremos remarcar que la validación del mismo por parte de la Unidad de Deontología y Asuntos Internos de la Guardia Urbana ha sido muy importante, así como las declaraciones de otros agentes que le han contradicho respecto a elementos importantes.
No obstante, el hecho de que ninguno de los agentes declarantes y presentes en la escena haya denunciado los hechos ni explicado la verdad demuestra que tenemos mucho que avanzar para modificar la cultura policial del silencio corporativo por una posición corporativa de denuncia de aquellos y aquellas agentes que realicen malas prácticas o incluso actos delictivos. Es por ello que insistimos una vez más en que es necesario llevar a cabo una revisión profunda de los mecanismos tanto internos como externos de control, evaluación, investigación y sanción de los cuerpos de policía.
Asimismo, consideramos intolerable que no aparecieran las imágenes de grabación de la comisaría en el procedimiento. Es necesario que las imágenes grabadas en las comisarías o en vehículos de traslado de personas detenidas no se borren durante 6 meses como se ha implementado recientemente por el Departamento de Justicia en las prisiones catalanas.
Cabe destacar asimismo que el 43% de los casos de litigio que representa Irídia de violencia institucional han sido cometidos contra personas migrantes y/o racializadas, lo que demuestra que hay un problema de racismo en el seno de los cuerpos policiales tal y como han venido denunciando entidades y colectivos antirracistas.
La sentencia supone un ejercicio de reparación para la persona afectada, pero sobre todo es una gran noticia para evitar que se repitan situaciones así en el futuro. Queda mucho camino por recorrer pero queremos poner de manifiesto que la lucha contra la impunidad de la violencia institucional está avanzando.