Dos periodistas, Irídia y el Grup Barnils denuncian mentiras policiales ante la Dirección General de la Policía
- La denuncia llega tras el archivo de la causa contra dos agentes de los Mossos d’Esquadra acusados de falso testimonio por acusaciones falsas contra periodistas y se enmarca en la campaña #BastaDeMentirasPoliciales
La Audiencia Provincial de Barcelona ha acordado el archivo de la causa contra un excabo y un sargento de los Mossos d’Esquadra investigados por presuntos delitos de acusación y denuncia falsa y de falso testimonio contra dos periodistas. La resolución revoca el criterio del Juzgado de Instrucción número 9 de Barcelona, que había concluido que existían suficientes indicios para llevar el caso a juicio, y también contradice la posición de la Fiscalía y de la acusación particular ejercida por Irídia.
Una vez finalizado el procedimiento penal, Irídia ha presentado hoy una queja formal ante la Dirección General de la Policía reclamando la apertura de un expediente disciplinario respecto a uno de los agentes implicados —el sargento del cuerpo, que continúa en activo ejerciendo sus funciones con normalidad desde los hechos—, al considerar que los hechos denunciados constituyen una falta disciplinaria muy grave. El otro agente que había sido investigado penalmente —el cabo— ya no forma parte del cuerpo policial.
La causa forma parte de la campaña #BastaDeMentirasPoliciales, impulsada por Irídia, el Grup de Periodistes Ramon Barnils – Mèdia.cat, con el apoyo de la organización internacional Free Press Unlimited, para denunciar los obstáculos policiales al ejercicio del periodismo y la situación de desprotección que viven los profesionales de la información cuando cubren movilizaciones sociales en la vía pública. Estas trabas han quedado reflejadas en los últimos años a través de los datos del Mapa de la Censura.
Antecedentes: una querella por falsas acusaciones policiales derivada de dos causas judiciales contra periodistas
Los hechos se remontan a la cuarta noche de protestas contra el desalojo del Banc Expropiat de Barcelona, el 26 de mayo de 2016. Durante una carga policial, el periodista Jesús Rodríguez fue golpeado con una defensa policial por un agente de los Mossos d’Esquadra, causándole una lesión en la pierna y una fractura en un dedo de la mano que posteriormente el médico forense determinó como irreparable, con una limitación funcional del 50 %. En 2021, el agente fue condenado a dos años de prisión. La sentencia concluyó que la agresión había sido gratuita y fruto de un uso injustificado de la fuerza policial. Los testimonios de varios periodistas presentes desmintieron la versión policial con la que los agentes habían intentado justificar la actuación.
Aquella misma noche, uno de los agentes del operativo sufrió una lesión en el tendón de Aquiles y acusó al fotoperiodista Isidre Garcia Puntí de haberle lanzado una valla y de haberle provocado la lesión. La acusación particular, ejercida por este agente, solicitaba cuatro años de prisión y una indemnización de 69.000 euros para el fotoperiodista. Tres años más tarde, el juzgado lo absolvió y consideró probado que ni él ni ninguna otra persona había lanzado ninguna valla contra el agente aquella noche, en una resolución muy contundente.
La sentencia recogía de forma contundente que del visionado de las grabaciones se constataba que ninguna persona había cogido y lanzado la valla contra el agente y que la lesión se habría producido por causas ajenas a cualquier lanzamiento, entre ellas la existencia de una enfermedad previa crónica y degenerativa de los tendones.
Según la querella impulsada por Irídia, ambos casos están vinculados porque el agente que sufrió la lesión en el tendón de Aquiles habría sostenido que el periodista le había agredido con una valla metálica en ambos juicios: primero, para acusar falsamente al fotoperiodista Isidre Garcia Puntí y, posteriormente, para encubrir la agresión policial contra Jesús Rodríguez.
Además, aunque el primer procedimiento ya había concluido con una sentencia absolutoria que descartaba el lanzamiento de cualquier valla por parte del periodista, el sargento con TIP 7828, conociendo la falsedad de esa versión, la reiteró un año más tarde durante el juicio por el caso de Rodríguez para exculpar a su compañero del cuerpo policial.
Las imágenes grabadas por periodistas durante el desalojo resultaron determinantes tanto para acreditar la inocencia de Isidre Garcia Puntí como para sustentar la condena del agente que agredió a Jesús Rodríguez. Según Irídia, el caso evidencia la importancia de la labor periodística en contextos de protesta y actuación policial.
El resultado de la investigación penal y el archivo de las actuaciones
A raíz de la presentación de la querella y de la posterior investigación penal, el juzgado apreció indicios suficientes para enviar a juicio a ambos agentes por los presuntos delitos de falso testimonio y denuncia falsa. Tanto la Fiscalía como Irídia, ejerciendo la acusación particular, respaldaron la apertura de juicio oral, oponiéndose al recurso de apelación interpuesto por la defensa de los agentes e incluso llegando a formalizar escrito de acusación.
Finalmente, sin embargo, la Audiencia Provincial de Barcelona ha acordado el archivo de la causa al estimar el recurso presentado por la defensa de los agentes. Según Irídia, en una resolución sin precedentes —tanto por el contenido de la decisión como por la rapidez con la que se ha producido—, la Audiencia Provincial revoca una resolución de instancia exhaustivamente fundamentada.
En la resolución se valoran aspectos relacionados con el elemento subjetivo del dolo que, según Irídia, deberían haber sido objeto de juicio oral, indicando que «de la jurisprudencia transcrita es patente que no cualquier manifestación que pueda calificarse de contraria a la verdad merecería ser considerada constitutiva de delito». Aunque no pone en duda que hubiera manifestaciones, por parte de los investigados, contrarias a la verdad, considera que los hechos no tienen relevancia suficiente para la vía penal y cierra definitivamente el procedimiento sin posibilidad de recurso.
Queja ante la Dirección General de la Policía
La queja —presentada por Irídia, el Grup de Periodistes Ramon Barnils – Mèdia.cat y los dos periodistas ante la Dirección General de la Policía— reclama que los hechos sean puestos en conocimiento de la Comisaría General de Investigación Interna y Asuntos Disciplinarios para que, más allá del recorrido penal del caso, se activen los mecanismos administrativos y disciplinarios previstos para investigar y sancionar conductas constitutivas de faltas administrativas muy graves.
En este sentido, la queja interpela directamente a los mecanismos de supervisión interna y reclama transparencia sobre las medidas adoptadas hasta ahora por la administración policial.
«Cuando existen indicios de que agentes policiales podrían haber faltado a la verdad en procedimientos relacionados con agresiones a periodistas, la administración no puede limitarse a esperar el resultado penal. Tiene la obligación de investigar y actuar», señala Irídia.
Las entidades consideran que este caso se enmarca en un contexto más amplio de vulneraciones de derechos vinculadas a la cobertura periodística de movilizaciones sociales y dispositivos policiales, incluyendo agresiones, identificaciones arbitrarias o denuncias instrumentales contra profesionales de la información.
«La conducta denunciada en la queja es especialmente grave, no solo porque ha afectado directamente a las esferas personales, morales, profesionales y económicas de los periodistas, sino porque proyecta una afectación directa sobre el conjunto de la ciudadanía y su derecho a la información. Además, se trata de situaciones que pueden afectar a la integridad y la credibilidad institucional de los cuerpos policiales», señala el Grup de Periodistes Ramon Barnils.
De hecho, el agente con TIP 7828 habría intervenido, al menos, en otros dos procedimientos judiciales contra activistas o personas vinculadas a contextos de protesta social o política: los casos de «Carles de Sants» y Oriol Calvo. Asimismo, habría protagonizado un operativo controvertido en 2019 en el barrio de Poble-sec por su connivencia con la empresa Desokupa.
Estos episodios no constituyen hechos aislados, sino prácticas recurrentes que evidencian las dificultades para identificar, denunciar y depurar responsabilidades ante posibles irregularidades policiales. La entidad alerta también del impacto que esta situación tiene sobre el ejercicio del periodismo en la calle y sobre el derecho a la información.
