Hay distintas acciones que se pueden llevar a cabo si has sufrido violencia por parte de agentes de cuerpos policiales o de seguridad privada y los motivos para escoger una u otra varían en función de cada persona. A continuación, se explican algunas de las opciones:
- Denuncia penal: poner una denuncia penal quiere decir poner en conocimiento de los juzgados que se ha cometido un delito que está tipificado en el Código Penal. El juzgado de instrucción puede decidir abrir un procedimiento por estos hechos, comenzar la investigación de los mismos y posteriormente, si lo considera, mandar el caso a un juzgado penal para que haya un juicio. Antes de poner una denuncia es conveniente entender bien lo que implica y poder valorar con calma la decisión de hacerlo o no, ya que una vez interpuesta no se puede retirar. Si tienes dudas, lo mejor es poder consultarlo con algún abogado o abogada de confianza o de algún servicio específico, como el SAIDAVI u otras entidades que ofrecen asesoramiento jurídico, o con la Oficina de Atención a la Víctima del Delito. En caso de que se decida optar por esta vía en el siguiente punto se indican algunos elementos importantes a tener en cuenta para hacerlo.
- Queja administrativa: tanto si se opta por poner la denuncia penal como si no, otra opción es poner una queja administrativa por la actuación policial. El objetivo de estas quejas es poner en conocimiento de las diferentes administraciones la actuación policial, dejar constancia de los hechos y poder incidir para que haya un cambio en estas prácticas. Hay que tener en cuenta que, si bien sería posible que a partir de estas quejas se llegase a abrir un expediente disciplinario, habitualmente esto no sucede.
Hay diferentes organismos a los que se pueden dirigir estas quejas:
Para poner una queja al Síndic de Greuges de Catalunya, utiliza este formulario.
En caso de tratarse de un cuerpo de policía local, aquí se puede consultar si existe una sindicatura local del municipio de que se trate.
Para poner una queja que llegue directamente al cuerpo policial o a las administraciones responsables del mismo se pueden utilizar los mecanismos de queja generales establecidos por estas administraciones.
En relación con el cuerpo de Mossos d’Esquadra , se puede poner la queja a través del siguiente formulario.
En el caso de policías locales, los ayuntamientos son los máximos responsables de su funcionamiento. Por tanto, las comunicaciones se pueden hacer también a través de los mecanismos de queja que haya en cada municipio.
Por otra parte, si se trata de un agente de seguridad privada, también puede ponerse una queja directamente al organismo contratante. En los casos de Renfe y TMB existe la posibilidad de hacerlo a través de los formularios genéricos de queja: